Recursos

Programas especiales

En Digital Academy of Florida, nuestros profesores y personal trabajan duro para asegurar que cada estudiante tenga las adaptaciones que necesita para tener éxito. Además, si algún padre/tutor tiene una discapacidad u otra limitación que pueda afectar su capacidad para participar plenamente en el proceso de planificación educativa de su hijo, estaremos encantados de discutir las adaptaciones que puedan estar disponibles con el fin de maximizar la participación del padre/tutor y el éxito del estudiante. Las personas que deseen discutir las adaptaciones por esta razón pueden ponerse en contacto con nuestro Departamento de Programas Especiales.

Oficina de Programas Especiales

Identificación del Coordinador de la Ley de Cumplimiento de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)/Gerente de Programas Especiales

Identificación del Coordinador de la Sección 504

Anuncio público anual de servicios y programas especiales

De acuerdo con las regulaciones federales y estatales, Digital Academy of Florida (DAOF) proporcionará un aviso público anual a las familias informándoles de las responsabilidades de DAOF para encontrar niños, los procedimientos involucrados en la identificación de discapacidades educativas y la determinación de las necesidades de servicio y apoyo de los estudiantes.

Se anima a las familias a revisar la siguiente información que describe estas regulaciones. La información relativa a las prácticas internas del DAOF para cumplirlas estará disponible en los Manuales y Manuales de Programas Especiales del DAOF.

Búsqueda de niños

Digital Academy of Florida (DAOF) se esfuerza por identificar, localizar y evaluar a todos los niños matriculados que puedan tener discapacidades. Discapacidad, como se indica en IDEA, incluye condiciones tales como la audición, visual, del habla o del lenguaje, discapacidad específica de aprendizaje, trastornos emocionales, discapacidad cognitiva, otros impedimentos físicos o de salud, autismo y lesiones cerebrales traumáticas. El proceso de identificación, localización y evaluación de estos niños se denomina Child Find. De acuerdo con las regulaciones federales y estatales, DAOF proporcionará un aviso público anual a las familias informándoles de las responsabilidades de búsqueda de niños de DAOF, los procedimientos involucrados en la identificación de discapacidades educativas y la determinación de las necesidades de servicio y apoyo de los estudiantes.

Como escuela pública, responderemos vigorosamente a los mandatos federales y estatales que requieren la provisión de una Educación Pública Apropiada y Gratuita, independientemente de la discapacidad de un niño o la gravedad de la discapacidad. Con el fin de cumplir con los requisitos de Child Find, DAOF ayudará a asegurar que todos los estudiantes DAOF con discapacidad, independientemente de la gravedad de su discapacidad, que están en necesidad de educación especial y servicios relacionados-son identificados, localizados y evaluados - incluyendo a los estudiantes con discapacidad que no tienen hogar o los estudiantes que están bajo la tutela del estado.

El permiso y la participación de los padres/tutores es una pieza vital en el proceso. Toda la información recopilada se mantendrá en estricta confidencialidad y se divulgará a otras personas sólo con el permiso de los padres o según lo permitido por la ley. De acuerdo con esta confianza, DAOF guardará un expediente de todas las personas que repasan la información confidencial. De acuerdo con la normativa estatal, los padres tienen derecho a revisar los expedientes de sus hijos.

Como parte del proceso Child Find, algunos servicios pueden incluir una evaluación completa, un programa educativo individualizado diseñado específicamente para el niño y una derivación a otros organismos que prestan servicios especiales.

Planes de educación de estudiantes excepcionales o de la Sección 504

Consentimiento

Digital Academy of Florida (DAOF) no puede proceder con una evaluación, o con la provisión inicial de educación especial y servicios relacionados, sin el consentimiento escrito de los padres/tutores legales del estudiante. Para obtener información adicional relacionada con el consentimiento, por favor refiérase a la Notificación de Salvaguardias Procesales. Una vez obtenido el consentimiento por escrito de los padres/tutores legales, la DAOF procederá con el proceso de evaluación. Si los padres no están de acuerdo con los resultados de la evaluación, pueden solicitar una evaluación educativa independiente pagada con fondos públicos.

Los padres/tutores tienen derecho a revocar el consentimiento para los servicios después de la colocación inicial. Tenga en cuenta, una revocación del consentimiento elimina al estudiante de TODOS los servicios especiales y apoyos descritos en el IEP/EP o Plan 504. 

Evaluación y admisibilidad

Una vez finalizado el proceso de evaluación, un equipo de personal escolar cualificado, padres/tutores y otros proveedores de servicios pertinentes celebran una reunión de determinación de la evaluación para llegar a un acuerdo sobre si el alumno reúne los requisitos para una de las categorías de discapacidad de IDEA. Si el alumno reúne los requisitos y requiere una instrucción especialmente diseñada, se reunirá un equipo para elaborar un Plan Educativo Individualizado (PEI), un Plan Educativo para Superdotados (PE) o un Plan 504; durante esta reunión, el equipo revisará y ultimará los detalles propuestos de un programa educativo adecuado para satisfacer las necesidades documentadas del alumno.

Educación de alumnos excepcionales

Para los estudiantes que se confirme que presentan necesidades educativas especiales, el equipo acuerda el IEP/EP y la colocación educativa del estudiante, se enviará una Notificación Previa por Escrito (PWN) al padre/tutor para su firma. Este debe ser firmado y devuelto a DAOF. DAOF sólo puede proceder con la implementación del IEP/EP (o Plan 504) del estudiante al recibir el PWN firmado. Algunos estudiantes se encuentran para presentar con una o más discapacidades, pero no cumplen con los criterios de elegibilidad descritos en IDEA (Educación Especial), sin embargo, su discapacidad todavía puede requerir DAOF para desarrollar un Acuerdo de Servicio 504 (Plan 504) para delinear las disposiciones especiales que un estudiante puede requerir para adaptaciones y / o acomodaciones en la instrucción basada en la escuela, instalaciones y / o actividades.

Planes de la Sección 504

Los estudiantes pueden ser elegibles para ciertas adaptaciones o servicios si tienen una discapacidad mental o física que limita sustancialmente o prohíbe la participación o el acceso a un aspecto del programa escolar y de otra manera calificar bajo las leyes aplicables. DAOF se asegurará de que los estudiantes calificados con discapacidades tengan igualdad de oportunidades para participar en el programa escolar y las actividades en la medida máxima apropiada para cada estudiante individual. En conformidad con las leyes estatales y federales aplicables, DAOF proporcionará a los estudiantes con discapacidades los servicios educativos necesarios y los apoyos que requieren para acceder y beneficiarse de su programa educativo. Esto se hará sin discriminación o costo de bolsillo para el estudiante o la familia para las ayudas suplementarias esenciales, servicios o adaptaciones determinadas para proporcionar igualdad de oportunidades para participar y obtener los beneficios del programa escolar y actividades extracurriculares en la medida máxima apropiada a las capacidades del estudiante y en la medida requerida por las leyes.

Privacidad y confidencialidad

La confidencialidad es uno de los derechos concedidos a los padres en el documento Derechos de los padres / Garantías procesales. La confidencialidad de los expedientes académicos es un derecho fundamental que comparten todos los niños escolarizados en centros públicos y sus padres. Estos derechos fundamentales se describen en la Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (FERPA) de 1974, que se aplica a todos los alumnos, no sólo a aquellos con discapacidades. Todo el personal del distrito (incluidos los empleados contratados) se rige por los requisitos de confidencialidad.

Quejas o disputas sobre educación especial

Digital Academy of Florida reconoce que a pesar de las mejores intenciones de todas las partes, pueden surgir desacuerdos o falta de comunicación entre el equipo de la escuela y las familias o los estudiantes. Si esta situación ocurriera, el administrador del caso de educación especial del estudiante iniciará una reunión del IEP, donde el equipo del IEP discutirá los detalles específicos que contribuyen a cualquier preocupación educativa para asegurar que se discutan y aborden plenamente como todo el equipo determine que consideraría más apropiado para el estudiante. La colaboración es un foco primario para este tipo de reunión. El Equipo de Educación Especial de Digital Academy of Florida busca establecer y mantener la confianza de sus familias para siempre servir a sus estudiantes para maximizar su éxito educativo.

Opciones de resolución de litigios

Facilitación del PEI

La facilitación del IEP es un proceso voluntario que puede utilizarse cuando todas las partes de una reunión del IEP están de acuerdo en que la presencia de un tercero neutral ayudaría a facilitar la comunicación y la redacción satisfactoria del IEP del alumno. Este proceso no es necesario en la mayoría de las reuniones del IEP. Más bien, se utiliza con mayor frecuencia cuando cualquiera de los participantes tiene la sensación de que los temas de la reunión del IEP están creando un impasse o un clima enconado.

Meditación

Un proceso voluntario en el que ambas partes tratan de resolver las cuestiones involucradas en la preocupación con un mediador imparcial, de terceros del Departamento de Educación de Florida. El mediador que escribirá los detalles del acuerdo que las partes llegan a través de la conferencia de mediación, el acuerdo es firmado por ambas partes, y por lo tanto lo que establece el documento es obligatorio para ser implementado; Este proceso es en general menos tiempo, menos estresante y menos costoso de completar que una audiencia de debido proceso (véase más adelante).

Debido proceso formal

Las familias NO están obligadas a seguir las alternativas anteriores al debido proceso si sienten que sus preocupaciones sólo pueden resolverse a través de una audiencia formal de debido proceso, y presentan una queja formal contra DAOF al Departamento de Educación de Florida.

Garantías de procedimiento

De acuerdo con el requisito de la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA) de que todas las agencias educativas proporcionen a los padres de alumnos con discapacidades un aviso que contenga una explicación completa de las Salvaguardias Procesales disponibles en virtud de la IDEA y los reglamentos del Departamento de Educación de EE.UU..